aguas recreativas reportaje directrices sobre la calidad del agua, entre las que se encuentran las destinadas a fines recreativos. Este organismo estima que el riesgo de contraer enfermedades o infecciones en piscinas y otros entornos acuáticos recreativos está estrechamente vinculado a la contaminación fecal del agua. Esta puede tener su origen en las heces liberadas por los propios bañistas, en el uso de agua contaminada desde el inicio o, en el caso de instalaciones al aire libre, en la presencia directa de animales como aves o roedores. Aunque los brotes de enfermedades vinculadas al uso de piscinas no son muy frecuentes, sí se han documentado casos relacionados con diversos agentes patógenos, como virus, bacterias, protozoos y hongos, comprometiendo la seguridad sanitaria del entorno. Entre los virus, el adenovirus es el más comúnmente asociado a estos brotes (causante, entre otras, de enfermedades respiratorias como resfriados o infecciones de los ojos como conjuntivitis), aunque también se han identificado casos vinculados a hepatitis A, norovirus (responsable de los virus estomacales) y echovirus (estos suelen presentarse en forma endémica o en brotes epidémicos). Es importante señalar que, en muchos casos, la relación entre un brote vírico y una piscina se establece de forma circunstancial, ya que rara vez se logra aislar el virus directamente del agua. Esto, sin embargo, dificulta la confirmación definitiva del origen del contagio, aunque la evidencia epidemiológica suele apuntar a estos entornos como posibles focos de transmisión. Agustí Ferrer, director general de la Asociación Española de Profesionales del Sector de la Piscina (Asofap), recuerda que “las piscinas de uso público son espacios seguros si están gestionadas por profesionales acreditados”. Igualmente, apunta que “el agua de una piscina no solo debe estar desinfectada, sino que también debe tener un poder desinfectante”. Por ello, “no podemos decir que una piscina transmita tal o cual enfermedad, sino que va a depender del estado de los propios usuarios del vaso”. Y sentencia: “Lo que sí es seguro es que si un bañista tiene una determinada infección, un agua bien mantenida nos va a asegurar que el resto de bañistas no se vean afectados”. Tratamiento de las aguas Precisamente la desinfección a la que hace mención Ferrer es, junto con la filtración, uno de los requisitos que contempla el Real Decreto 742/2013, por el que se establecen los criterios técnicosanitarios de las piscinas, a la hora de realizar un tratamiento adecuado del agua para usos recreativos, que deberá “circular por los distintos procesos unitarios de tratamiento antes de pasar al vaso”. Esta normativa también contempla el tipo de productos que pueden emplearse para una correcta desinfección para que el agua del vaso esté “libre de organismos patógenos y de sustancias en una cantidad o concentración que pueda suponer un riesgo para la salud humana”. Para garantizar la seguridad sanitaria del agua en instalaciones recreativas es fundamental el uso adecuado de productos químicos regulados. Los desinfectantes empleados en el tratamiento del agua deben estar clasificados como El adenovirus es el virus más común viculado al uso de piscinas, asociado a brotes de enfermedades respiratorias o infecciones de los ojos como conjuntivitis Julio-Agosto 2025 / LimpieZas 53 REPORTAJE
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